Resolución de 4 de julio de 2024, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, por la que se establecen las condiciones de uso de firma electrónica no criptográfica, en las relaciones de las personas interesadas con las entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social adscritos a la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
Ver en el BOEQué dice, en claro
Todavía no hemos preparado la explicación de esta norma. Las vamos incorporando poco a poco.
Mientras tanto, abajo tienes sus datos oficiales y puedes leer el texto completo en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
- Fecha de la norma
- 4 de julio de 2024
- Publicada en el BOE
- 12 de julio de 2024
- En vigor desde
- 13 de julio de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-14211- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Administración electrónica · Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social · Firma electrónica · Notificaciones telemáticas · Procedimiento administrativo · Redes de telecomunicación · Registros telemáticos · Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones · Seguridad informática
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 129.6 de la Ley General de la Seguridad Social, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el art. 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- cita la Resolución de 8 de marzo de 2023