Aprobada la distribución de 33.453.000 € para crear ciclos formativos bilingües
Título oficial: Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 7 de octubre de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados a la creación de ciclos formativos bilingües de grado medio, superior y cursos de especialización de Formación Profesional, en el ejercicio presupuestario 2024, para su sometimiento a la Conferencia Sectorial de Educación, en el marco del Componente 20 «Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional», del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se distribuyen 33.453.000,00 euros para que las comunidades autónomas financien la creación o transformación en oferta bilingüe de ciclos formativos de grado medio, superior y cursos de especialización en 2024. La financiación está vinculada al Componente 20 del PRTR y su ejecución debe respetar normas de gestión, seguimiento y principio DNSH.
Se autoriza la distribución territorial, según criterios objetivos, de 33.453.000,00 euros destinados a financiar la creación de ciclos formativos bilingües de grado medio, grado superior y cursos de especialización para el ejercicio presupuestario 2024. La medida se integra en el Componente 20 «Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional» del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y tiene asociado el objetivo CID n.º 301.
Las comunidades autónomas gestionarán los créditos conforme al artículo 86 de la Ley 47/2003 y a las especialidades del Real Decreto-ley 36/2020. Deben garantizar la protección de intereses financieros de la Unión, el principio de no causar un perjuicio significativo al medioambiente (DNSH), el etiquetado climático y digital aplicable y el cumplimiento de otras obligaciones de control, justificación y comunicación propias del PRTR.
A quién afecta
- comunidades autónomas
- centros sostenidos con fondos públicos
- alumnado matriculado en centros sostenidos con fondos públicos
- entidades beneficiarias de las subvenciones
Qué cambia
- Distribución territorial de 33.453.000,00 euros para crear o transformar oferta bilingüe de ciclos formativos en 2024.
- Aplicación de criterios objetivos para el reparto (véase listado de coeficientes).
- Gestión sujeta a artículo 86 Ley 47/2003 y especialidades del RD‑ley 36/2020.
- Obligación de cumplir DNSH, etiquetado climático y digital y normativa del MRR.
- Obligaciones de seguimiento, control, justificación y reporte por las CC.AA., incluida remisión de estado de ejecución antes del 31 de marzo de 2025.
- Fondos incompatibles con otras fuentes de financiación europea y sometidos a reintegro en caso de incumplimiento.
Qué hay que hacer
- Remitir al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, no más tarde del 31 de marzo de 2025, un estado de ejecución con cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados.
- Prever mecanismos de verificación del cumplimiento del principio DNSH y medidas correctoras.
- Justificar cumplimiento del objetivo 301 mediante documento resumen y anexar hoja de cálculo con la lista de referencias oficiales de los ciclos convertidos en oferta bilingüe.
- Conservar documentación y mantener pista de auditoría, así como proporcionar la información y reportes exigidos por la normativa del PRTR.
Plazos
- 31 de diciembre de 2024 (continuidad hasta esta fecha para ejecución en curso académico 2024-2025).
- No más tarde del 31 de marzo de 2025 (remisión del estado de ejecución por las comunidades autónomas).
- Cumplimiento del objetivo CID n.º 301 en el Q4 del año 2024.
Preguntas y respuestas
¿Qué importe se distribuye para esta actuación?
33.453.000,00 euros.
¿Para qué sirve el crédito?
Para financiar la creación o transformación en oferta bilingüe de ciclos formativos de grado medio, grado superior y cursos de especialización.
¿Hasta cuándo deben ejecutarse las actuaciones?
Hasta el 31 de diciembre de 2024, para el curso académico 2024-2025.
¿Qué deben remitir las comunidades autónomas al Ministerio y cuándo?
Un estado de ejecución con cuantías totales de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados, no más tarde del 31 de marzo de 2025.
¿Qué criterios se han usado para distribuir el crédito?
Coeficiente por número de alumnado matriculado (35%), por número de centros (22%), por brecha de género (10%), por tasa de abandono educativo temprano (8%), por tasa de riesgo de pobreza (10%), por dispersión demográfica (10%) y por dispersión geográfica de las Administraciones Públicas (5%).
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
- Fecha de la norma
- 25 de noviembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 11 de diciembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-25843- Última actualización en el BOE
- 11 de diciembre de 2024
Otras normas que menciona (7)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)
- Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre (en el BOE)
- Ley 31/2022, de 23 de diciembre (en el BOE)
- Ley 40/2015, de 1 de octubre (en el BOE)
- Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre (en el BOE)
- Orden HFP/55/2023, de 24 de enero (en el BOE)
- Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (en el BOE)