Aprobada distribución y criterios para créditos de formación del profesorado de sectores productivos
Título oficial: Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Formación Profesional, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación de 7 de octubre de 2024, por el que se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de los créditos gestionados por comunidades autónomas destinados a la formación del profesorado de los sectores productivos, en el ejercicio presupuestario 2024, susceptible de cofinanciación por el Fondo Social Europeo Plus en el marco del Programa Operativo de Empleo, Educación, Formación y Economía Social.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se aprueba la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de 5.300.000,00 euros para la formación del profesorado de los sectores productivos, susceptibles de cofinanciación por el FSE+. Se fijan criterios, medidas formativas y obligaciones de justificación y visibilidad.
La Conferencia Sectorial de Educación aprobó la propuesta de distribución territorial y los criterios de reparto de un crédito de 5.300.000,00 euros gestionado por las Comunidades Autónomas para la formación del profesorado de los sectores productivos, susceptible de cofinanciación por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) en el marco del Programa Operativo ÉFESO.
Se establecen los criterios de reparto (número de docentes de FP, alumnado matriculado en FP, tasa de riesgo de pobreza, dispersión demográfica y dispersión geográfica de las Administraciones Públicas). Se detallan las medidas de formación que las Comunidades Autónomas deben desarrollar, obligaciones de control y justificación de fondos, y requisitos de visibilidad, transparencia y comunicación, incluido el uso del emblema de la Unión y declaraciones de financiación.
A quién afecta
- Comunidades Autónomas (gestión de los créditos)
- profesorado y formadores de Formación Profesional de los sectores productivos
Qué cambia
- Aprobación de la propuesta de distribución territorial y criterios de reparto del crédito de 5.300.000,00 euros
- Determinación de criterios objetivos para el reparto: número de docentes de FP, alumnado matriculado en FP, tasa de riesgo de pobreza, dispersión demográfica y dispersión geográfica
- Exclusión del País Vasco y Navarra por sus regímenes forales
- Obligación de las CC. AA. de desarrollar medidas formativas concretas entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de diciembre de 2025
- Obligación de remitir un estado de ejecución al Ministerio no más tarde del 31 de marzo de 2026
- Remanentes no comprometidos mantendrán destino específico o podrán ser reintegrados al Tesoro Público
- Aplicación posible de una tasa fija del 4 % del gasto total ejecutado por asistencia técnica
- Requisitos de visibilidad y comunicación que incluyen uso del emblema de la Unión Europea y declaraciones de financiación
Qué hay que hacer
- Las Comunidades Autónomas deben desarrollar las medidas formativas indicadas desde el 1 de septiembre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025
- Las Comunidades Autónomas deben remitir al Ministerio un estado de ejecución con cuantías de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados no más tarde del 31 de marzo de 2026
- Las actuaciones serán elegibles sólo si cumplen las medidas de visibilidad, transparencia y comunicación, incluyendo el emblema de la Unión y la declaración de financiación indicada
Plazos
- 1 de septiembre de 2024
- 31 de diciembre de 2025
- 31 de marzo de 2026
Preguntas y respuestas
¿Cuál es el importe del crédito aprobado?
5.300.000,00 euros.
¿Qué criterios se usan para repartir el crédito entre Comunidades Autónomas?
Número de docentes de FP de centros públicos de ESO, bachillerato y FP; alumnado matriculado en todos los niveles de FP en centros públicos; tasa de riesgo de pobreza; dispersión demográfica (tasa habitante por km2); y dispersión geográfica de las Administraciones Públicas.
¿Qué medidas formativas deben desarrollar las Comunidades Autónomas?
Formación de asesores, evaluadores y orientadores; acciones formativas dirigidas al profesorado y formadores de FP; formación de formadores y tutores de empresa; formación de prospectores de empresas; y estancias del profesorado y formadores en centros distintos del propio.
¿Qué obligaciones de justificación tienen las Comunidades Autónomas?
Remitir al Ministerio un estado de ejecución con cuantías de compromisos de créditos, obligaciones reconocidas y pagos realizados no más tarde del 31 de marzo de 2026 y proceder a un adecuado control de los fondos recibidos.
¿Qué requisitos de visibilidad y comunicación se exigen?
Las actuaciones deberán incluir el emblema de la Unión Europea y una declaración indicando «financiado por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciado por la Unión Europea», además de logos institucionales y, si procede, placas o vallas cuando el coste total supere 100.000 euros.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
- Fecha de la norma
- 25 de noviembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 12 de diciembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-25958- Última actualización en el BOE
- 12 de diciembre de 2024
Temas
Otras normas que menciona (3)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 31/2022, de 23 de diciembre (en el BOE)
- Real Decreto 274/2024, de 19 de marzo
- Ley 47/2003, de 26 de noviembre (en el BOE)