Resolución

Aprobación de la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte

Título oficial: Resolución de 27 de noviembre de 2024, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se aprueba la lista de sustancias y métodos prohibidos en el deporte.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 30 de noviembre de 2024 BOE-A-2024-24951 15 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Derogada desde el 1 de enero de 2026. Lo que sigue explica lo que decía cuando se publicó.

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Se aprueba la Lista de Prohibiciones 2025 del Código Mundial Antidopaje. Contiene las sustancias y métodos prohibidos en competición y fuera de competición y entra en vigor el 01/01/2025.

La Presidencia del Consejo Superior de Deportes aprueba y publica la Lista de Sustancias y Métodos Prohibidos, ajustada a la modificación adoptada en la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO. La lista es un Estándar Internacional obligatorio que forma parte del Programa Mundial Antidopaje y se actualiza anualmente por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).

La resolución aplica a los procedimientos de control de dopaje en competiciones oficiales de ámbito estatal o, fuera de ellas, a los deportistas con licencia para participar en dichas competiciones. La resolución deroga la lista anterior de 28 de noviembre de 2023, manteniéndose vigentes el anexo II (galgos) y el anexo III (competiciones hípicas) de la Resolución de 20 de diciembre de 2013.

A quién afecta

  • deportistas con licencia para participar en competiciones oficiales de ámbito estatal
  • procedimientos de control de dopaje en competiciones oficiales de ámbito estatal

Qué cambia

  • Aprobación de la Lista de Prohibiciones 2025 del Código Mundial Antidopaje.
  • Adaptación de la lista anterior a la modificación adoptada en la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte de la UNESCO.
  • Entrada en vigor de la nueva lista el 01/01/2025.
  • Derogación de la lista aprobada por Resolución de 28 de noviembre de 2023.
  • Se mantiene la vigencia del anexo II (Sustancias y métodos prohibidos en galgos) y del anexo III (Sustancias y procedimientos prohibidos en competiciones hípicas) de la Resolución de 20 de diciembre de 2013.

Plazos

  • 01/01/2025

Preguntas y respuestas

¿Qué entra en vigor y cuándo?

La Lista de Prohibiciones 2025 entra en vigor el 01/01/2025.

¿A qué procedimientos se aplica la resolución?

A los procedimientos de control de dopaje en las competiciones oficiales de ámbito estatal o, fuera de ellas, a los deportistas con licencia para participar en dichas competiciones.

¿Qué sucede con la lista anterior de 28 de noviembre de 2023?

Queda derogada.

¿Se mantienen otros anexos de normas anteriores?

Sí; se mantiene la vigencia del anexo II, Sustancias y métodos prohibidos en galgos, y del anexo III, Sustancias y procedimientos prohibidos en competiciones hípicas, de la Resolución de 20 de diciembre de 2013.

¿Quién aprobó la modificación que motiva esta lista?

La modificación al anexo I fue aprobada por la Conferencia de las Partes de la Convención Internacional contra el dopaje en el deporte.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Fecha de la norma
27 de noviembre de 2024
Publicada en el BOE
30 de noviembre de 2024
En vigor desde
1 de enero de 2025
Identificador
BOE-A-2024-24951
Última actualización en el BOE
7 de enero de 2026

Temas

Materias: Deporte · Dopaje

Normas que cita o modifica

Normas posteriores que la afectan