Resolución

Actualización mensual del anexo 1 sobre coste de financiación del Estado

Título oficial: Resolución de 4 de diciembre de 2024, de la Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional, por la que se actualiza el Anexo 1 incluido en la Resolución de 4 de julio de 2017, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento y derivados de las comunidades autónomas y entidades locales.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 6 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-25453 3 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Se publica un nuevo anexo 1 con los tipos de interés fijos y diferenciales máximos del coste de financiación del Estado. Es la actualización mensual que deben usar las comunidades autónomas y entidades locales que no tengan métodos propios.

La resolución publica un anexo 1 con los tipos de interés fijos y los diferenciales máximos del coste de financiación del Estado, con datos recogidos el 3 de diciembre de 2024.

Las Administraciones que dispongan de herramientas de valoración propias o de asesoramiento externo independiente pueden determinar el coste del Tesoro según la metodología del anexo 2 de la resolución de 4 de julio de 2017. El resto debe emplear la tabla publicada mensualmente por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos permanecen vigentes hasta que se publiquen nuevos costes. Se indican reglas para los cálculos (base Actual/Actual; ajuste si se usa otra base; equivalencia para plazos de devengo distintos al año; interpolación lineal si no hay plazo medio exacto en la tabla).

A quién afecta

  • Comunidades Autónomas
  • Entidades Locales

Qué cambia

  • Publicación de un nuevo anexo 1 con los tipos de interés fijos y diferenciales máximos del coste de financiación del Estado (datos recogidos el 3 de diciembre de 2024).
  • Las Administraciones sin herramientas propias deben emplear la tabla mensual publicada por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
  • Los costes máximos publicados permanecen en vigor hasta que se publiquen nuevos costes.
  • Reglas para cálculo: base Actual/Actual; ajuste si se usa otra base; equivalencia para devengo distinto al año; interpolación lineal entre plazos.
  • Posibilidad de aplicar los diferenciales máximos contenidos en el anexo 3 de la resolución de 4 de julio de 2017.
  • Para endeudamiento no instrumentado en valores con interés variable, si el coste máximo resultara menor que el euríbor de referencia, las operaciones podrán formalizarse a euríbor de referencia más 20 puntos básicos como máximo, con condiciones de cancelabilidad y sin comisiones de cancelación.

Qué hay que hacer

  • Las Administraciones que no cuenten con valoración propia deben emplear la tabla publicada mensualmente por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.
  • Si se utiliza una base distinta de la base Actual/Actual, hacer el oportuno ajuste al tipo fijo anual máximo.
  • Calcular el tipo fijo máximo equivalente cuando el plazo de devengo de intereses sea distinto al año.
  • Si la vida media no está publicada, hallar el tipo o diferencial por interpolación lineal entre los dos plazos más cercanos.

Plazos

  • Datos recogidos el 3 de diciembre de 2024.
  • Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes.

Preguntas y respuestas

¿Qué se publica en este anexo 1?

Los tipos de interés fijos y los diferenciales máximos del coste de financiación del Estado, con datos recogidos el 3 de diciembre de 2024.

¿Quién puede usar su propia metodología para calcular el coste del Tesoro?

Las Comunidades Autónomas y Entidades Locales que cuenten con herramientas de valoración propias o un asesoramiento externo independiente, según la metodología del anexo 2.

Qué deben hacer las Administraciones que no tengan métodos propios?

Emplear la tabla de tipos fijos o los diferenciales máximos publicada mensualmente por la Dirección General del Tesoro y Política Financiera.

Qué ocurre si la vida media de la operación no está en la tabla?

Se hallarán los tipos o diferenciales por interpolación lineal entre los dos plazos más cercanos.

Qué regla se aplica si el devengo de intereses no es anual en operaciones a tipo fijo?

El tipo fijo máximo deberá calcularse como el tipo equivalente al tipo fijo anual para el periodo de devengo considerado.

Qué alternativa existe para endeudamiento no instrumentado en valores con interés variable si el coste máximo fuera menor que el euríbor de referencia?

Dichas operaciones podrán formalizarse a un tipo de interés menor o igual al euríbor de referencia más 20 puntos básicos, deberán ser cancelables en cualquier momento y no podrán contener comisiones de cancelación.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
Fecha de la norma
4 de diciembre de 2024
Publicada en el BOE
6 de diciembre de 2024
Identificador
BOE-A-2024-25453
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Administración Local · Comunidades Autónomas · Deuda Pública · Financiación de las Comunidades Autónomas · Intereses · Secretaría General del Tesoro y Financiación Internacional

Normas que cita o modifica