Registro y publicación del Convenio colectivo de Izmar, SLU (2024-2027)
Título oficial: Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Izmar, SLU, para los años 2024-2027.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.
Registro e inscripción y publicación en el BOE del convenio colectivo de Izmar, SLU para 2024-2027. Contiene reglas sobre ámbito, vigencia, clasificación profesional, jornada, salario y otros derechos y obligaciones.
Se inscribe en el Registro de convenios colectivos y se publica en el Boletín Oficial del Estado el convenio colectivo de Izmar, SLU para los años 2024-2027. El convenio regula el ámbito funcional y territorial, el ámbito personal, la vigencia y prórroga, la comisión paritaria, clasificación profesional en 7 grupos, condiciones de contratación y periodo de prueba, retribuciones y complementos, jornada y bolsa de horas, turnos y trabajo nocturno, permisos, vacaciones, movilidad geográfica, régimen disciplinario, derechos sindicales, prevención del acoso y un seguro colectivo.
Incluye procedimientos concretos: constitución y funcionamiento de la Comisión Paritaria (plazos de reunión y resolución en siete días), cláusula para resolución de discrepancias sobre la inaplicación (aplicación de procedimientos autonómicos o sistemas autónomos), reglas sobre polivalencia y límites temporales al cambio de grupo profesional, tabla salarial en anexo I y calendario de jornada anual y reducciones previstas.
A quién afecta
- Personas trabajadoras de Izmar, SLU en Pontevedra y Vitoria (Álava)
Qué cambia
- Inscripción y publicación del convenio colectivo de Izmar, SLU para 2024-2027.
- Vigencia del convenio desde 1 de enero de 2024 hasta 31 de diciembre de 2027.
- Clasificación profesional en 7 grupos con hasta 3 niveles salariales (A, B y C).
- Periodo de prueba con límites por grupos profesionales: 6 meses (grupos 1-4), 2 meses (grupo 5), 15 días (grupos 6-7).
- Indemnización por finalización de contrato eventual: 15 días/año (2024) y 20 días/año (2025-2027).
- Jornada anual máxima 1.776 horas (2024-2026) y 1.768 horas en 2027.
- Cláusula de garantía salarial vinculada al IPC a 31 de diciembre de 2024 y 2025 con actualización de hasta 2 % en exceso sobre 3 %.
- Reglas sobre bolsa de horas y jornada flexible con saldo máximo de 120 horas y comunicación con 5 días de antelación.
Qué hay que hacer
- Presentar escritos a la Comisión Paritaria en su domicilio (IZMAR, SLU, Parque Tecnológico y Logístico de Vigo Calle B Parcela 10.07 (36312) Vigo) para dudas o discrepancias; la Comisión responderá por escrito en el plazo de siete días.
- La empresa notificará por escrito con al menos 5 días laborables al trabajador el desplazamiento temporal; para desplazamientos superiores a tres meses, concederá 4 días laborables de permiso en domicilio de origen por cada tres meses.
Plazos
- 1 de enero de 2024 (entrada en vigor de todos los efectos).
- 31 de diciembre de 2027 (duración hasta).
- La Comisión Paritaria resolverá por escrito en el plazo de siete días desde la presentación del escrito.
- Periodo de procedimiento para la inaplicación: la Comisión Paritaria dispondrá de un plazo máximo de siete días para pronunciarse por escrito en caso de desacuerdo en el período de consultas.
- Plazo máximo de 72 horas para convocatoria extraordinaria de la Comisión Paritaria tras petición de las partes.
- Periodo de duración máxima del procedimiento informal de acoso: 10 días.
- Tramitación del expediente formal de acoso: plazo máximo de 30 días desde la presentación de la denuncia.
- La empresa entregará el contrato por escrito al trabajador dentro de los 15 días siguientes a su incorporación.
- Entrega de prendas de trabajo cada seis meses.
- Comunicación de cambios de jornada flexible con 5 días de antelación.
- Comprobación del saldo anual de la bolsa de horas antes de que finalice el mes de febrero del año siguiente.
Preguntas y respuestas
¿A quién afecta este convenio?
A todas las personas trabajadoras de Izmar, SLU en los centros de Pontevedra (Parque Tecnológico y Logístico de Vigo Calle B Parcela 1007 (36312) Vigo) y Vitoria (Calle Urartea, 5 Vitoria, Álava).
¿Cuál es la duración del convenio?
Entrará en vigor el 1 de enero de 2024 y tendrá una duración de 4 años, hasta el 31 de diciembre de 2027.
¿Qué jornada se establece?
Jornada máxima de 1.776 horas anuales para los años 2024-2026; en 2027 la jornada será de 1.768 horas anuales.
¿Cómo funciona la bolsa de horas y la jornada flexible?
Se permite una jornada flexible con saldo máximo de 120 horas (positivo o negativo) por trabajador y año; la empresa comunicará los cambios con 5 días de antelación y el saldo se regularizará antes de final de febrero del año siguiente.
Qué actualizaciones salariales puede haber por IPC?
Si a 31 de diciembre de 2024 el IPC supera el 3 % se actualizará en el exceso sobre 3 % hasta un 2 % para las tablas de 2025 con atrasos desde 1 de enero de 2024; igual regla para 2025 con aplicación a 2026 y atrasos desde 1 de enero de 2025.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Trabajo y Economía Social
- Fecha de la norma
- 11 de diciembre de 2024
- Publicada en el BOE
- 20 de diciembre de 2024
- Identificador
BOE-A-2024-26660- Última actualización en el BOE
- 20 de diciembre de 2025
Temas
Materias: Construcciones · Convenios colectivos · Industria de la construcción
Normas que cita o modifica
- de conformidad con el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (en el BOE)
- de conformidad con el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (en el BOE)
- en relación con el Convenio publicado por Resolución de 17 de mayo de 2022 (en el BOE)