Resolución

Registro y publicación del Convenio colectivo de Izmar, SLU (2024-2027)

Título oficial: Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Izmar, SLU, para los años 2024-2027.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 20 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-26660 29 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Registro e inscripción y publicación en el BOE del convenio colectivo de Izmar, SLU para 2024-2027. Contiene reglas sobre ámbito, vigencia, clasificación profesional, jornada, salario y otros derechos y obligaciones.

Se inscribe en el Registro de convenios colectivos y se publica en el Boletín Oficial del Estado el convenio colectivo de Izmar, SLU para los años 2024-2027. El convenio regula el ámbito funcional y territorial, el ámbito personal, la vigencia y prórroga, la comisión paritaria, clasificación profesional en 7 grupos, condiciones de contratación y periodo de prueba, retribuciones y complementos, jornada y bolsa de horas, turnos y trabajo nocturno, permisos, vacaciones, movilidad geográfica, régimen disciplinario, derechos sindicales, prevención del acoso y un seguro colectivo.

Incluye procedimientos concretos: constitución y funcionamiento de la Comisión Paritaria (plazos de reunión y resolución en siete días), cláusula para resolución de discrepancias sobre la inaplicación (aplicación de procedimientos autonómicos o sistemas autónomos), reglas sobre polivalencia y límites temporales al cambio de grupo profesional, tabla salarial en anexo I y calendario de jornada anual y reducciones previstas.

A quién afecta

  • Personas trabajadoras de Izmar, SLU en Pontevedra y Vitoria (Álava)

Qué cambia

  • Inscripción y publicación del convenio colectivo de Izmar, SLU para 2024-2027.
  • Vigencia del convenio desde 1 de enero de 2024 hasta 31 de diciembre de 2027.
  • Clasificación profesional en 7 grupos con hasta 3 niveles salariales (A, B y C).
  • Periodo de prueba con límites por grupos profesionales: 6 meses (grupos 1-4), 2 meses (grupo 5), 15 días (grupos 6-7).
  • Indemnización por finalización de contrato eventual: 15 días/año (2024) y 20 días/año (2025-2027).
  • Jornada anual máxima 1.776 horas (2024-2026) y 1.768 horas en 2027.
  • Cláusula de garantía salarial vinculada al IPC a 31 de diciembre de 2024 y 2025 con actualización de hasta 2 % en exceso sobre 3 %.
  • Reglas sobre bolsa de horas y jornada flexible con saldo máximo de 120 horas y comunicación con 5 días de antelación.

Qué hay que hacer

  • Presentar escritos a la Comisión Paritaria en su domicilio (IZMAR, SLU, Parque Tecnológico y Logístico de Vigo Calle B Parcela 10.07 (36312) Vigo) para dudas o discrepancias; la Comisión responderá por escrito en el plazo de siete días.
  • La empresa notificará por escrito con al menos 5 días laborables al trabajador el desplazamiento temporal; para desplazamientos superiores a tres meses, concederá 4 días laborables de permiso en domicilio de origen por cada tres meses.

Plazos

  • 1 de enero de 2024 (entrada en vigor de todos los efectos).
  • 31 de diciembre de 2027 (duración hasta).
  • La Comisión Paritaria resolverá por escrito en el plazo de siete días desde la presentación del escrito.
  • Periodo de procedimiento para la inaplicación: la Comisión Paritaria dispondrá de un plazo máximo de siete días para pronunciarse por escrito en caso de desacuerdo en el período de consultas.
  • Plazo máximo de 72 horas para convocatoria extraordinaria de la Comisión Paritaria tras petición de las partes.
  • Periodo de duración máxima del procedimiento informal de acoso: 10 días.
  • Tramitación del expediente formal de acoso: plazo máximo de 30 días desde la presentación de la denuncia.
  • La empresa entregará el contrato por escrito al trabajador dentro de los 15 días siguientes a su incorporación.
  • Entrega de prendas de trabajo cada seis meses.
  • Comunicación de cambios de jornada flexible con 5 días de antelación.
  • Comprobación del saldo anual de la bolsa de horas antes de que finalice el mes de febrero del año siguiente.

Preguntas y respuestas

¿A quién afecta este convenio?

A todas las personas trabajadoras de Izmar, SLU en los centros de Pontevedra (Parque Tecnológico y Logístico de Vigo Calle B Parcela 1007 (36312) Vigo) y Vitoria (Calle Urartea, 5 Vitoria, Álava).

¿Cuál es la duración del convenio?

Entrará en vigor el 1 de enero de 2024 y tendrá una duración de 4 años, hasta el 31 de diciembre de 2027.

¿Qué jornada se establece?

Jornada máxima de 1.776 horas anuales para los años 2024-2026; en 2027 la jornada será de 1.768 horas anuales.

¿Cómo funciona la bolsa de horas y la jornada flexible?

Se permite una jornada flexible con saldo máximo de 120 horas (positivo o negativo) por trabajador y año; la empresa comunicará los cambios con 5 días de antelación y el saldo se regularizará antes de final de febrero del año siguiente.

Qué actualizaciones salariales puede haber por IPC?

Si a 31 de diciembre de 2024 el IPC supera el 3 % se actualizará en el exceso sobre 3 % hasta un 2 % para las tablas de 2025 con atrasos desde 1 de enero de 2024; igual regla para 2025 con aplicación a 2026 y atrasos desde 1 de enero de 2025.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
11 de diciembre de 2024
Publicada en el BOE
20 de diciembre de 2024
Identificador
BOE-A-2024-26660
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Construcciones · Convenios colectivos · Industria de la construcción

Normas que cita o modifica