Resolución

XI Convenio colectivo de Lufthansa Cargo AG para trabajadores en España

Título oficial: Resolución de 11 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XI Convenio colectivo de Lufthansa Cargo AG.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 24 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-26995 24 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

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Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

Convenio colectivo de empresa que regula condiciones de trabajo, retribuciones, jornada y derechos laborales para el personal de Lufthansa Cargo AG en España. Vigencia del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025.

El convenio se aplica a los trabajadores de Lufthansa Cargo AG en centros de trabajo de España cuyas funciones estén en los grupos salariales del Anexo I y remuneradas según el Anexo II. Se excluye el personal de alta dirección y quienes realicen funciones cuyas categorías no estén contempladas.

Regula contratación escrita y prueba, jornada (38 horas semanales, distribución anual y reglas específicas para aeropuertos y fuera de aeropuerto), horarios, pausas, horario flexible, compensaciones por horas extraordinarias, nocturnas, dominicales y festivas, retribuciones (salario base, suplementos, tres pagas extraordinarias en marzo, julio y diciembre), prestaciones sociales (incapacidad, maternidad, suplemento por hijos, plan de pensiones), vacaciones, permisos, excedencias, terminación del contrato, régimen disciplinario, comisión paritaria y movilidad geográfica. Contiene anexos con clasificación laboral, suplementos (transporte y casa), bases para convocatorias y acuerdos salariales 2024–2025.

A quién afecta

  • Trabajadores de Lufthansa Cargo AG en centros de trabajo de España incluidos en los grupos salariales del Anexo I

Qué cambia

  • Establece vigencia del convenio del 1 de enero de 2024 al 31 de diciembre de 2025.
  • Fija jornada laboral de treinta y ocho horas semanales y reglas de distribución.
  • Regula tiempos de prueba: dos semanas para grupo A; tres meses para grupos B1-D.
  • Establece pausas diarias de entre treinta y treinta y nueve minutos y trata su consideración como tiempo efectivo en jornada continuada cuando la jornada sea al menos el 50 por 100 del tiempo semanal.
  • Define compensaciones y suplementación para horas extraordinarias, nocturnas, dominicales, festivas y turnos especiales (porcentajes y cuantías).
  • Fija tres pagas extraordinarias en marzo, julio y diciembre y su forma de abono.
  • Establece prestaciones por enfermedad: diferencia entre la Seguridad Social y la retribución neta total durante periodos que varían según antigüedad (Un mes; Tres meses; Seis meses).
  • Acuerdos consolidables: incremento salarial 2024 de 3.75% y 2025 de 2.75% desde 1 de enero de cada año.

Qué hay que hacer

  • Solicitar por escrito la acumulación del permiso de lactancia para disfrutar 15 días laborales, cuando proceda, y será autorizado si las necesidades del servicio lo permiten.
  • Comunicar a la empresa con la antelación indicada la intención de iniciar una excedencia voluntaria: con un mes de antelación; la empresa contestará en el plazo de 15 días naturales.
  • Presentar justificantes y documentos legales o médicos en la dirección de la empresa, en plazo prudencial, para obtener permisos retribuidos por las causas reguladas.

Plazos

  • Período de vigencia: 1 de enero de 2024 hasta 31 de diciembre de 2025.
  • Denuncia del convenio: dentro del último mes de su vigencia.
  • Periodo de prueba: Dos semanas para personal subalterno (grupo A); Tres meses para el resto (grupos B1-D).
  • Comunicación de cambios de horarios en aeropuertos: antelación de quince días; para implantación/modificación/supresión por motivos operacionales: al menos siete días naturales, reducible a 5 días por acreditada urgencia.
  • Pausa entre jornadas: mínimo doce horas.
  • Plan de jornada/turnos debe comunicarse al Comité y personal una semana antes de su entrada en vigor; los períodos programados serán mínimo cuatro semanas y máximo ocho.
  • Compensación en tiempo libre por horas extraordinarias: dentro de los treinta días siguientes a la realización del trabajo extraordinario.
  • Comisión Paritaria: deberá reunirse en un plazo máximo de quince días desde convocatoria; dispondrá de un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver o emitir dictamen (salvo inaplicación de condiciones: máximo siete días).
  • Movilidad geográfica: comunicación con antelación mínima de 60 días (o 180 días si afecta a todo el centro o departamento).
  • Contrato de relevo: el trabajador que se jubile parcialmente debe comunicarlo a la empresa con al menos tres meses de antelación.

Preguntas y respuestas

¿A quién se aplica este convenio?

A los trabajadores de Lufthansa Cargo AG en centros de trabajo de España que realicen funciones incluidas en los grupos salariales del Anexo I y remuneradas según el Anexo II.

¿Cuál es la jornada semanal?

Treinta y ocho horas semanales.

Qué duración tiene el convenio?

Desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025.

Cuánto duran los períodos de prueba?

Dos semanas para el personal subalterno (grupo A) y tres meses para el resto del personal (grupos B1-D).

Qué suplementos por idiomas existen?

Por la tercera y cada lengua adicional se paga 11.73 euros/mes por conversación suficiente y 15.28 euros/mes por conocimientos perfectos; las lenguas aprovechables están enumeradas y los certificados deben tener antigüedad no superior a tres años.

Qué compensación hay por hijos?

Suplemento extrasalarial de 260,00 euros al año por hijo para jornada completa (proporcional para jornada reducida), pagadero mitad en enero y mitad en septiembre, hasta la terminación de la formación escolar o máximo 18 años.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Resolución
Organismo
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Fecha de la norma
11 de diciembre de 2024
Publicada en el BOE
24 de diciembre de 2024
Identificador
BOE-A-2024-26995
Última actualización en el BOE
20 de diciembre de 2025

Temas

Materias: Convenios colectivos · Transportes aéreos

Normas que cita o modifica