Aprobar mensajes y especificaciones sobre ludopatía y prohibición a menores en comunicaciones de juego
Título oficial: Resolución de 18 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Ordenación del Juego, por la que se aprueban y establecen las especificaciones técnicas del mensaje relativo a los efectos dañinos derivados de la ludopatía o de un comportamiento de riesgo de la persona usuaria y del mensaje relativo a la prohibición de participación a menores de edad en las comunicaciones comerciales de las actividades de juego.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Obliga a incluir en las comunicaciones comerciales de juegos un mensaje sobre los efectos dañinos de la ludopatía y la advertencia «Solo para mayores de 18 años». Establece el contenido, forma y especificaciones técnicas según el medio y plazos de adaptación para contratos previos.
La resolución aprueba el mensaje obligatorio sobre los efectos dañinos derivados de la ludopatía o de un comportamiento de riesgo de la persona usuaria y sustituye el mensaje de «jugar con responsabilidad» por ese nuevo mensaje.
Además aprueba la advertencia obligatoria de prohibición de participación de menores de edad («Solo para mayores de 18 años») y establece las especificaciones relativas a la forma, tamaño, disposición, contraste y contenido de ambos mensajes, que se detallan en los anexos I y II y varían según el medio de difusión.
A quién afecta
- operadores de juego sujetos a supervisión de la Dirección General de Ordenación del Juego
- plataformas y prestadores que difundan comunicaciones comerciales del juego
Qué cambia
- Obligatoriedad de incluir un mensaje sobre los efectos dañinos derivados de la ludopatía o comportamiento de riesgo.
- Sustitución del mensaje de «jugar con responsabilidad» por el nuevo mensaje obligatorio.
- Obligatoriedad de incluir la advertencia «Solo para mayores de 18 años».
- Especificaciones técnicas (forma, tamaño, disposición, contraste y contenido) de ambos mensajes según el medio.
- Incorporación de la referencia a www.juegoseguro.es y redirección si el medio lo permite.
- Excepción para concursos difundidos por radio respecto al mensaje sobre efectos dañinos.
- Reglas de disposición y visibilidad en formatos audiovisuales, web, display, correo y medios presenciales.
Qué hay que hacer
- Incluir en las comunicaciones comerciales el mensaje relativo a los efectos dañinos elegido entre las opciones previstas y la referencia a www.juegoseguro.es, según las reglas por medio de difusión.
- Incluir la advertencia «Solo para mayores de 18 años» en las comunicaciones comerciales.
- Adaptar la forma, tamaño, disposición y contraste de los mensajes a lo establecido en los anexos I y II.
Plazos
- Los contratos publicitarios suscritos con anterioridad a la publicación podrán continuar ejecutándose durante un plazo de 3 meses desde dicha publicación sin adaptar las comunicaciones.
- La resolución será eficaz a los sesenta días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
- Recurso de reposición: plazo de un mes desde la publicación.
- Recurso contencioso-administrativo: plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación.
Preguntas y respuestas
Qué mensajes concretos hay que incluir sobre los efectos dañinos?
Uno de los siguientes: «La ludopatía es un riesgo del juego». «La probabilidad de ser un jugador que pierde dinero es del 75 %». «Las pérdidas del total de jugadores superan en 4 veces sus ganancias».
Qué advertencia debe aparecer sobre menores de edad?
El mensaje debe ser «Solo para mayores de 18 años».
Hay que añadir alguna web o enlace?
Sí. Se incluirá la referencia a la página web www.juegoseguro.es y, cuando el medio lo permita, pulsando el mensaje la persona usuaria será redirigida a www.juegoseguro.es.
Existe alguna excepción para determinados medios?
Sí. Las comunicaciones comerciales de la modalidad de juego de concursos difundidas a través de servicios de comunicación audiovisual radiofónica no estarán obligadas respecto al mensaje sobre los efectos dañinos.
Cómo deben presentarse los mensajes en servicios de comunicación audiovisual?
El mensaje sobre efectos dañinos se transmitirá de forma oral al menos durante dos segundos al final de la comunicación; la advertencia de menores podrá ser oral durante al menos dos segundos o gráfica en banda inferior visible durante toda la comunicación ocupando al menos el 15 % de la altura.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030
- Fecha de la norma
- 18 de septiembre de 2026
- Publicada en el BOE
- 6 de octubre de 2026
- Identificador
BOE-A-2026-20745- Última actualización en el BOE
- 6 de octubre de 2026