Publicación de subvenciones estatales a partidos políticos con representación en el Congreso
Título oficial: Resolución de 1 de octubre de 2026, de la Dirección General de Política Interior, por la que se publican las subvenciones estatales anuales para atender los gastos de funcionamiento ordinario a las diferentes formaciones políticas con representación en el Congreso de los Diputados, durante el tercer trimestre del ejercicio 2026.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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Se publican las subvenciones anuales que el Estado concede a los partidos con escaños en el Congreso para sus gastos de funcionamiento. El pago se realiza en doce mensualidades y se ha ordenado durante el tercer trimestre de 2026.
La Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, establece que el Estado otorgará a los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados subvenciones anuales no condicionadas para atender sus gastos de funcionamiento. Estas subvenciones se abonan en doce mensualidades y su montante anual figura en los Presupuestos Generales del Estado en el programa 924M, con cargo a la Sección 16, Servicio 01 y Concepto 485.01, Financiación a Partidos Políticos.
Durante el tercer trimestre del ejercicio presupuestario de 2026 se ha ordenado el pago de las cantidades correspondientes a las entidades beneficiarias, y esta resolución lo publica conforme al apartado 9 del artículo 3 de la Ley Orgánica 8/2007.
A quién afecta
- partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados
Qué cambia
- Ordenación y pago de las cantidades de la subvención anual durante el tercer trimestre del ejercicio 2026.
- La subvención se abona en doce mensualidades.
- El montante anual figura en los Presupuestos Generales del Estado en el programa 924M, Sección 16, Servicio 01, Concepto 485.01.
Plazos
- tercer trimestre del ejercicio presupuestario de 2026
- doce mensualidades
Preguntas y respuestas
¿Qué finalidad tiene la subvención?
Atender los gastos de funcionamiento ordinario de los partidos políticos con representación en el Congreso de los Diputados.
¿Cómo se paga la subvención?
Se abona en doce mensualidades.
¿Dónde figura el montante anual de la subvención?
En los Presupuestos Generales del Estado, en el programa 924M, Sección 16, Servicio 01 y Concepto 485.01, Financiación a Partidos Políticos.
¿Cuándo se ha ordenado el pago de las cantidades correspondientes?
Durante el tercer trimestre del ejercicio presupuestario de 2026.
¿En virtud de qué se publica esta resolución?
De conformidad con lo previsto en el apartado 9 del artículo 3 de la Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Resolución
- Organismo
- Ministerio del Interior
- Fecha de la norma
- 1 de octubre de 2026
- Publicada en el BOE
- 12 de octubre de 2026
- Identificador
BOE-A-2026-21209- Última actualización en el BOE
- 12 de octubre de 2026
Otras normas que menciona (1)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio (en el BOE)