El Tribunal Supremo anula varios artículos sobre la financiación del bono social eléctrico
Título oficial: Sentencia de 22 de febrero de 2022, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Clidom Energy, SL, contra el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, por el que se regula la figura del consumidor vulnerable, el bono social y otras medidas de protección para los consumidores domésticos de energía eléctrica.
Fuente: Boletín Oficial del Estado Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.
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El Tribunal Supremo estima parcialmente un recurso contra el Real Decreto que regula el bono social eléctrico. Declara inaplicables determinadas reglas de financiación y anula los artículos 13 a 16 del real decreto.
La sentencia declara que no se aplica el régimen de financiación del bono social ni el de cofinanciación con las Administraciones Públicas para determinados suministros a consumidores vulnerables severos acogidos a tarifas de último recurso y en riesgo de exclusión social.
También anula los artículos 13 a 16 del Real Decreto 897/2017. Desestima las demás pretensiones de la parte demandante y no impone las costas a ninguno de los litigantes.
A quién afecta
- Consumidores vulnerables severos acogidos a tarifas de último recurso y en riesgo de exclusión social
- Administraciones Públicas y empresas relacionadas con la financiación del bono social eléctrico
Qué cambia
- Se declara inaplicable el régimen de financiación del bono social para los suministros indicados en la sentencia.
- Se declara inaplicable el régimen de cofinanciación con las Administraciones Públicas para esos suministros.
- Se anulan los artículos 13 a 16 del Real Decreto 897/2017.
Preguntas y respuestas
¿Qué artículos del Real Decreto 897/2017 quedan anulados?
Los artículos 13 a 16.
¿A qué suministros se refiere la inaplicabilidad de las reglas de financiación?
A suministros de consumidores vulnerables severos acogidos a tarifas de último recurso y que estén en riesgo de exclusión social.
¿Se estimó todo el recurso?
No. Se estimó en parte y se desestimaron las demás pretensiones.
¿Se impusieron costas a alguna de las partes?
No. La sentencia no impone las costas a ninguno de los litigantes.
Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.
Datos oficiales
- Tipo
- Sentencia
- Organismo
- Tribunal Supremo
- Fecha de la norma
- 22 de febrero de 2022
- Publicada en el BOE
- 22 de abril de 2022
- Identificador
BOE-A-2022-6557- Última actualización en el BOE
- 20 de octubre de 2024
Temas
Materias: Asistencia social · Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia · Consumidores y usuarios · Consumo de energía · Empresas · Energía eléctrica · Tribunal Supremo
Normas que cita o modifica
- declara su estimación parcial en relación con el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre (en el BOE)
- declara la inaplicabilidad de lo indicado del art. 45.4 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, en la redacción dada por el art. 1.3 del Real Decreto-ley 7/2016, de 23 de diciembre (en el BOE)
- declara , (en el BOE)
Otras normas que menciona (1)
Las que nombra su texto y hemos podido identificar sin dudas.
- Ley 29/1998, de 13 de julio (en el BOE)