Sentencia

El Tribunal Supremo ordena aumentar la retribución de dos distribuidoras de gas por el ejercicio 2019

Título oficial: Sentencia de 18 de julio de 2022, de la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Redexis Gas, SA, contra la Orden TED/1286/2020, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución y cánones de acceso de los almacenamientos subterráneos básicos para el año 2021.

Fuente: Boletín Oficial del Estado BOE del 12 de octubre de 2022 BOE-A-2022-16588 1 páginas Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado.

Ver en el BOE

Qué dice, en claro

Resumen generado con IA. Puede contener errores: el texto que vale es el publicado en el BOE. Cómo se hacen los resúmenes.

La sentencia estima parcialmente el recurso de Redexis Gas, SA, contra la retribución fijada para los almacenamientos subterráneos de gas en 2021. Ordena recalcular y pagar a dos empresas un importe adicional, más intereses legales.

El Tribunal Supremo declara nulo el apartado 2 del anexo I de la Orden TED/1286/2020 en lo relativo a la retribución definitiva de 2019 de Redexis Gas, SA, y Redexis Gas Murcia, SA. Ordena añadir a las cantidades ya reconocidas —90.365.645 euros y 16.710.275 euros, respectivamente— 76.140 euros y 5.440 euros, respectivamente, por la menor retribución de 2018 que se aplicó al cálculo.

La Administración debe pagar también los intereses legales sobre ese importe adicional, desde que se produjo la retribución insuficiente hasta que se abone el incremento. El Tribunal desestima otra pretensión de la parte demandante y no impone las costas a ninguna de las partes.

A quién afecta

  • Redexis Gas, SA
  • Redexis Gas Murcia, SA
  • La Administración demandada

Qué cambia

  • Se declara nula una parte del apartado 2 del anexo I de la Orden TED/1286/2020, en lo relativo a la retribución definitiva de 2019 de las dos empresas.
  • La Administración debe añadir 76.140 euros a la retribución de Redexis Gas, SA, y 5.440 euros a la de Redexis Gas Murcia, SA.
  • La Administración debe abonar los intereses legales sobre el incremento.
  • No se imponen las costas a ninguna de las partes.

Plazos

  • Los intereses se calculan desde el momento en que se produjo la retribución insuficiente hasta la fecha en que se abone el incremento.

Preguntas y respuestas

¿Qué cantidades adicionales deben reconocerse a las empresas?

76.140 euros a Redexis Gas, SA, y 5.440 euros a Redexis Gas Murcia, SA.

¿Se deben pagar intereses?

Sí. La Administración debe abonar los intereses legales sobre el importe adicional, desde que se produjo la retribución insuficiente hasta que se pague el incremento.

¿Se estimó todo el recurso?

No. El Tribunal lo estimó en parte y desestimó otra pretensión de la parte demandante.

¿Quién paga las costas del proceso?

No se imponen las costas a ninguna de las partes.

Respuestas generadas con IA a partir del texto de la norma. El que vale es el publicado en el BOE.

Datos oficiales

Tipo
Sentencia
Organismo
Tribunal Supremo
Fecha de la norma
18 de julio de 2022
Publicada en el BOE
12 de octubre de 2022
Identificador
BOE-A-2022-16588
Última actualización en el BOE
20 de octubre de 2024

Temas

Materias: Distribución de energía · Empresas · Gas · Retribuciones · Tribunal Supremo

Normas que cita o modifica